viernes, 7 de noviembre de 2008

Mentalidad Atroz
(Segunda parte)

Por: Alberto Ramos G.
Profesor de Ciencia Política y Filosofía del Derecho, Universidad Libre.

La muerte de los jóvenes pobres de Soacha y Ciudad Bolívar, aparecidos en fosas comunes de Ocaña y la purga de 27 militares, indican que son muchos los casos desconocidos que se conocerán en las próximas semanas. En Cali ya están reportados siete casos similares. El número de desaparecidos puede alcanzar la cifra de 3.000, le expresó el Fiscal General Mario Iguarán a la revista Cambio. Al parecer, los falsos positivos venían realizándose con frecuencia desde el año 2006 en varios lugares del país con el objetivo de mostrar un número de muertos en combate, exhibiendo avances en la lucha contra la guerrilla.

Matar a otro sin siquiera darle la oportunidad de defenderse, sin combate ni fórmula de juicio: matar inocentes hundidos en la miseria. Estos actos denotan toda la preparación del iter criminis para consumarlos, son atroces y ameritan un juicio de responsabilidades políticas y administrativas de la cúpula gubernamental y militar, por fuera de todas las responsabilidades judiciales que se encuentren.

Por supuesto, por su modalidad, estos crímenes implican delitos de lesa humanidad que son competencia de la Corte Penal Internacional; de continuar la aparición de cadáveres se tipifica una clase de genocidio por la utilización de la misma modalidad, la sistematicidad de la acción y la victimización de un grupo poblacional exterminado, hecho que, en este caso, es cometido con la complicidad de agentes estatales. Y el genocidio envolvería otros delitos de lesa humanidad: la desaparición forzada, las torturas y la ejecución extrajudicial.

El artículo 28 del Estatuto de Roma aborda el tópico sobre crímenes como resultado del incumplimiento de actuar por parte del superior. Como lo explica el juez alemán Kai Ambos, “mientras que, normalmente, un acto positivo causa una consecuencia determinada, es decir, la consecuencia no hubiera tenido ocurrencia sin este acto, en el caso de la omisión el argumento va en otro sentido: el no actuar “causa” la consecuencia, toda vez que el acto omitido, hubiera impedido lo que efectivamente ocurrió”.

El asunto se centra en la causación, porque el resultado, los desaparecidos ejecutados y reportados luego como subversivos dados de baja, no hubiera ocurrido si los superiores jerárquicos hubiesen obrado diligentemente, respetando los protocolos de vigilancia y control territorial previos a los supuestos combates y posteriores a los hechos; así, al menos los superiores habrían detectado a tiempo la impostura de los enfrentamientos que venían fraguando y registrándose con la misma modalidad ficticia. Las fases principales de esos protocolos no fueron supervisadas ni revisadas

Un tráfico de jóvenes pobres convertidos por la imaginación criminal en guerrilleros o terroristas muertos. Un tráfico de terroristas ficticios o inventados para buscar no combatir, y ganarse el dinero del presupuesto nacional destinado a las recompensas. Este estilo burdo demuestra que para un sector de las Fuerzas Armadas lo que importa es mostrar falsos positivos, cobrar y no avanzar en el combate para ganar la guerra. Así los ejecutores de estos crímenes escabrosos utilizaron la misma lógica criminal de los paramilitares: dar de baja a todo el que les plazca para mostrar efectividad en sus acciones y poder cobrar; los paras cobraban a los empresarios privados que los financiaban, y los miembros del ejército cobran al fondo de recompensas, que les aumenta el ingreso.


Crímenes Escabrosos
(Primera parte)


Los pagos, las recompensas, los estímulos y las delaciones diseñadas para señalar, desmovilizar y desvertebrar al enemigo, se tornaron en una práctica perversa para no combatir ni pelear, para inflar resultados y aparentar éxitos, se convirtieron en un remolino sangriento. Denotan también la falta de seguimiento a las tareas de los subalternos, la falta de eficacia de la Fiscalía y de gestión de los Organismos de Control como la Procuraduría General de la Nación, y la consagración dentro del Estado de la guerra como negocio.

Dónde queda el papel de la Procuraduría General de la Nación si desde hace tres años viene recepcionando quejas por desapariciones afines a esa modalidad criminal y tiene 110 casos sin resolver de falsos positivos. Además, según la periodista María del Rosario Arrázola, la Procuraduría tiene a 2.878 militares vinculados por homicidios en persona protegida sin sancionar a ninguno; mientras la Fiscalía conoce de 1015 personas eliminadas por las Fuerzas Militares presentadas como muertas en combates.

Entonces,
según el artículo 43 del Decreto 262 del año 2000, normativa de la estructura de la procuraduría, qué clase de investigaciones hicieron en estos años los procuradores adscritos a los cuerpos militares? Cómo desempeñaron sus funciones de protección y defensa de los derechos humanos que consagra el artículo 26 del mismo decreto, pudiendo promover ante las autoridades judiciales y administrativas el cumplimiento de las normas del orden nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos y el derecho Internacional humanitario?. El numeral 4 prescribe que la procuraduría debe llevar un registro actualizado de los hechos constitutivos de las violaciones e infracciones de los Derechos Humanos.

La pregunta que se formula en estos momentos cualquier ciudadano preocupado por la demencial noticia es: qué investigaciones adelantaron los procuradores ante los estamentos militares, si bastaba con iniciar las pesquisas revisando los reportes y las planillas levantadas después de los supuestos combates; indagar por qué habían movido los cadáveres del lugar de los hechos y por qué nunca se llegaba a la verdadera identidad si contaban con los forenses y funcionarios par la toma de las huellas decadactilares. Qué función cumple la Procuaduría General de la Nación, en medio de un conflicto interno, frente a los levantamientos, necropsias y enterramientos de todos los guerrilleros reales o los supuestos guerrilleros dados de baja en los combates reales o los combates ficticios. Cuántas necropsias ha revisado la Procuraduría para hacer una análisis comparativo sobre distancia de los disparos y clase de forámenes. Y cual ha sido el papel de la Defensoría del Pueblo si también conocían de todas estas quejas?


Un tráfico de jóvenes pobres convertidos por la imaginación criminal en guerrilleros o terroristas muertos. O un tráfico de terroristas ficticios o inventados para buscar sus traficantes no combatir, y ganarse el dinero del presupuesto nacional destinado a las recompensas. Con estas ejecuciones extrajudiciales y crímenes de Estado, entonces, ¿dónde queda la justicia y el derecho, la moral pública y los valores democráticos. Y cual es el modelo de autoridad que se irradia hacia la sociedad?

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